En una decisión de la sala quinta del Consejo de Estado fue negada la suspensión provisional de la elección de Arcesio Romero Pérez como director de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira, Corpoguajira.
Este pronunciamiento obedeció a una demanda de acción electoral contra el acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación por medio del cual se eligió a Romero para ocupar este cargo.
La demanda al acuerdo fue presentada por la ex directora de la misma entidad, Ana Cecilia Castillo Parodi, a través de su apoderado, que pretendía que se declarara nula la escogencia del funcionario.
Tras la determinación del alto tribunal en la que se niega la suspensión provisional del actual director, Ana Cecilia Castillo Parodi interpuso una acción de tutela ante la sala Primera del Consejo de Estado, en busca de la revocatoria en el seno de la sala quinta del Consejo de Estado.
La ex funcionaria interpuso estos recursos al considerar que la elección de Romero estaba incursa en causales de nulidad.
A Castillo Parodi, justamente, le fue declarada la nulidad de su elección mediante un fallo del Consejo de Estado que consideró nulo el proceso al establecer que no cumplía con los requisitos contemplados en los estatutos de la Corporación, que declaran que el director debe ser elegido por la mayoría más uno de los doce miembros del Consejo Directivo de la Corporación.
El Consejo de Estado, previo pronunciamiento determinó que dos de los consejeros que votaron a favor de Castillo se encontraban inhabilitados para hacerlo.
En consecuencia, Arcesio Romero seguirá al frente de Corpoguajira.
Las corporaciones autónomas regionales son entes corporativos públicos, integrados por los entidades territoriales encargados de administrar en el área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales y propender por el desarrollo sostenible. KPL